http://iusport.com/not/25003/la-violencia-en-el-deporte-una-politica-inacabada
El cuerpo normativo en el que el deporte dilucida sus problemas en relación con la violencia, está circunscrita a la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
En el mismo preámbulo de esa Ley se manifiesta que ya el Consejo de Europa, a través de una Resolución en el año 2000, estableció la necesidad de establecer medidas de carácter sociales y educativas en la prevención de la violencia en el deporte. Manifestando la incompatibilidad de los valores del deporte, frente a cualquier actividad violenta, xenófoga o intolerante.
El mandato de esta Ley ha venido a establecer un conjunto de prescripciones, medidas y sanciones respecto a comportamientos que no han de ser tolerables en el mundo del deporte, y que están relacionados con cualquier tipo de violencia verbal o física.
Esta Ley ha surtido efecto y ha sido puesta de manifiesto en hechos graves, que han tenido que ver mucho con una violencia física, con grave riesgo y consecuencias luctuosas en algún terreno de juego de nuestro país. Pues bien, últimamente, además, y con una frecuencia que no debe ser permitida esa violencia verbal se está posicionando como una cotidianidad mal sana, en forma de insultos vejatorios, que tienen que ver con la violencia de género, o insultos racistas.
Como una especie de fantasma de la intolerancia hacia aquellos que se manifiestan diferentes, ante el grupo que los agrede verbalmente. Apelando al artículo 16 de esta Ley – medidas de apoyo a la convivencia y a la integración en el deporte – una no puede por menos que hacer un pequeño cotejo de la virtualidad de ese artículo, en lo que se fija como la Administración General del Estado asume la función de impulsar una serie de actuaciones cuya finalidad es promover la convivencia y la integración intercultural por medio del deporte en el ámbito de la presente Ley.
Y a continuación señala, eso que en un texto normativo, ha de estar, pero no ha de ser la única causa sustancial de excusa para no vertebrar la resolución de la puesta en marcha de una Ley, que es necesario, y es la apelación a la disponibilidad presupuestaria existente en cada ejercicio.
Y se señala, entre otros:
h) Reglamentariamente se creará la figura del Defensor del Deportista, con el fin de hacer frente a las situaciones de discriminación, intolerancia, abusos, malos tratos o conductas violentas que puedan sufrir los deportistas y con la finalidad de canalizar posibles quejas o denuncias hacia los órganos antidiscriminatorios, disciplinarios o judiciales asignados, en su caso, por nuestro ordenamiento jurídico.
Y continuando con el texto, encontramos en su Disposición Adicional Primera:
Se autoriza al Gobierno a dictar las normas reglamentarias tanto en los supuestos específicos previstos en esta Ley y en aquellos otros que sean necesarios para la efectiva aplicación de las previsiones contenidas en la misma, sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas fijadas en sus respectivos Estatutos de Autonomía.
Y observamos, que esto, que viene establecido como mandato, trascurrido casi una década sigue sin haberse ejecutado, a pesar del mandato de la propia Ley, y a pesar de la habilitación para ello. Una vez más, y ya son muchas, nos encontramos el efecto de la titularización de una Ley, y el vacío consiguiente, ante un escaso desarrollo y la incapacidad mandatarse como administración a lo que se ha obligado. A pesar, incluso, de haberse aprobado, por Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
Me gustaría, por tanto, hacer una reflexión en torno a la capacidad de la administración de cumplir con lo que se ha legislado así misma; y por otro lado, con la necesidad, quizás, ahora donde está más claro el rango de derechos y deberes en juego sobre la virtualidad de dar cumplimiento a lo que la propia Ley se ha mandatado. A pesar, de haber ya aprobado el Reglamento, clave para su desarrollo.