La vieja boa que abre el telón de El Principito de Antoine de Saint- Exupéry, y que representaba un dibujo que parecía un sombrero, podría venir aquí a cuento, si no fuera porque la pandemia en la que está sumida este país lleva el trágico balance de demasiadas víctimas.PUBLICIDAD
Y por tanto, no es un hecho apreciable, sino contratable. Lo cierto que es una buena comparativa para describir a esta Europa y, más concretamente, a este país en el resabiado concepto de que por aquí esa boa era un sombrero hasta que la pandemia nos golpeó en tripas y en corazón. Y bajo este contexto esta ciudadanía española, liderada por ese fracaso de armonización de las administraciones públicas, y esa deficiencia en el liderazgo de nuestros representantes se apuesta a vivir bajo el marco de una pandemia, que ha golpeado sobre manera a un sistema de salud pública, que le ha noqueado.
Pues bien, me gustaría, porque de esto se trata de poder concitar una reflexión en torno a esa necesaria armonización en el deporte, en torno a la protección de la salud de nuestros deportistas federados, y en torno a un marco normativo que nos podría servir de apoyatura a este respecto. Y este no es otro que la Ley Orgánica 3/ 2013 de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y la lucha contra el dopaje en la actividad deportiva. De este modo, me gustaría, centrarme en el aspecto primero -de la salud -.
En este sentido, señalar que la publicación de la misma, no debiera ser un ejercicio legislativo más, sino un articulado capaz de concitar el consenso de todos los que actúan en torno al deporte federado, en relación a un aspecto que resultó novedoso – el nuevo modelo de protección de la salud- que contiene las definiciones relativas a la protección de la salud en el deporte.
Significando a la Agencia de protección de la salud y el dopaje, dependiente del Consejo Superior de Deportes, como la encargada de esta competencia, para que actúe como un órgano de coordinación con las Comunidades Autónomas y que esa participación se extienda a los deportistas a través de un órgano específico en su estructura.
De hecho, en el capítulo III del título II se refiere al sistema de protección de la salud y, entre otros aspectos, articula un marco de colaboración con las Comunidades Autónomas para facilitar una aplicación práctica eficaz del modelo de protección de la salud de los deportistas.
El artículo tercero de esta Ley prevé esa materialización de la obligación de proteger la salud del deportista. Con una concreción en el artículo 7.4:
4. En todo caso, contará con un órgano de participación, coordinación y seguimiento en el que estarán representados los órganos y organismos competentes en materia de deporte y salud de las Comunidades Autónomas.
Por qué entonces entre tanta reiteración nominativa de protocolo armonizado, no se ha sido capaz desde las CCAA y el CSD; en relación al deporte federado dar una respuesta unitaria sobre medios de análisis de medidas covid; al mismo tiempo, que no se ha sido capaz de consensuar un escenario de igualdad real entre todos los que en nuestro país están practicando deporte federado – y cada territorio demanda un nivel de exigencia de pruebas covid diferenciada-; teniendo en cuenta que esto incide directamente, además de en la salud, en relaciones laborales definidas, y después de un estruendo parón de su actividad laboral, que incide directamente en su derecho a la ocupación efectiva.
Resulta revelador la multitud de informaciones diarias, que se desprende desde las instancias deportivas sin que hasta el momento se haya dado una respuesta armonizada de verdad, con eficacia y seguridad a los miles de trabajadores y deportistas federados en este país.
Es como secuenciar el pasado, ante la inhabilidad del futuro, frente a lo que sigue siendo un problema de salud pública. Una reiteración de protocolo armonizado que ha quedado esclavo de sus propias intenciones. Es tan gráfico lo ocurrido como la reflexión de Unamuno en San Manuel Bueno, mártir: Pero fíjese, Don Manuel, en lo que me ha querido decir.. él: – no debe importarnos tanto lo que uno quiere decir como lo que diga sin querer…
Esto es, lo que resultó ser una nominación esperanzadora – armonizado- ha quedado en un mar de incertidumbres entre los deportistas, frente a tipos de pruebas y sobre qué escenarios, en función del territorio autonómico, se van a exigir o no pruebas.
Y el órgano de mediación, con las competencias señaladas, tal como lo recoge la Ley y se ha expuesto aquí, como es el CSD y la Agencia de Protección de la Salud- quedan subsumido en el escenario de querer y no poder. Lo que ha conllevado a colectivos de los deportistas y a los propios deportistas a señalar la necesidad de dar respuesta unánime y certera, en relación a las pruebas covid- ante la alternativa, que no quedará otra, que señala el Quijote:
mis arreos son las armas,
mi descanso el pelear…
Siendo consciente que la razón no es estrictamente sanitaria, como pecuniaria. Pero entonces habría que bucear en la intencionalidad real de si somos capaces de proteger esa previsión de salud, ante una situación actual, y dar protección a estos deportistas federados, sin que ello suponga dar un margen a la incertidumbre, que pueda conculcar y lesionar el derecho al ejercicio de a actividad profesional con garantías sanitarias.
Por qué cuesta tanto armonizar voluntades entre todas las administraciones públicas autonómicas y el CSD para hacer un ejercicio de comprensión hacia nuestros/as deportistas, que además son miles de trabajadores y trabajadoras. Hagamos, y toca ya, un ejercicio de unanimidad comprometida, aquella que señalaba Max Scheler: el hombre es un callejón sin salida de la naturaleza, y es también una salida.
Avancemos todos juntos en un mismo ejercicio de compromiso real, y transitar de esta situación de protocolo armonizado de buenas intenciones, a las intenciones reales que sepan dar respuesta a las incertidumbres ante la existencia o no de pruebas covid; y de exigencias diferenciadas, en función de un territorio, cuando el deporte federado de ligas de ámbito estatal no se circunscribe a un espacio autonómico.
Fdo. María José López González
Abogada