Continúan aún presentes prerrogativas y privilegios de personas que, habiendo sido servidores públicos, reclaman para sí un estatus que en un Estado democrático como el actual constituyen, como mínimo, un anacronismo histórico, de difícil encaje en la realidad, por lo injusto que resulta con respecto al resto de sus conciudadanos.
De esta manera, resultó razonable –recién culminado el proceso constituyente en nuestro país–, dictar un Real Decreto (2012/1983 de 4 de agosto) que regulaba la figura del expresidente del Gobierno, otorgándole una serie de prerrogativas, calificadas por algunos como prebendas, respecto a mantener coche oficial, oficina a cargo del dinero público, el gratis total por tierra, mar y aire en el territorio español, a costa de los transportes públicos; con la salvedad de estar limitado a cuatro años, que comenzaba inmediatamente a partir del cese como presidente del Gobierno, por eso de facilitar la transición del servidor público a la denominada vida civil del expolítico.
Esta especie de privilegio temporal se tornó en prerrogativas, provocado, posteriormente, por un cambio de legislación, en dos ocasiones, en ambas curiosamente con gobierno socialista, por medio de los reales decretos –RD 405/1992, de 24 de abril y RD 1306/2008, de 18 de julio–. El primero comienza suprimiendo la limitación de los cuatro años, para convertirlo en atemporal, esto es, para siempre, consolidando un estatus consistente en incorporar una serie de mejoras en relación a incrementar la asignación presupuestaria, alquiler o compra de inmuebles, atenciones protocolarias, disposición de bienes y servicios, etc. Manteniendo el gratis total a cargo del Estado –vía impuesto de los ciudadanos–, así como implementando el derecho a la pensión indemnizatoria, además de establecer en favor de sus familiares los derechos pasivos previstos en la legislación sobre clases pasivas del Estado. Y el segundo, más difícil de justificar por lo que significa de acentuar el anacronismo, por cuanto que viene a hacer extensible estas prerrogativas en favor del cónyuge o persona unida con análoga relación en caso de fallecimiento del ex presidente, abriendo el abanico de estos privilegios a personas que en España no representan nada, como es el caso del cónyuge o pareja, desde el punto de vista de su papel institucional; al contrario, por ejemplo, de otros países donde efectivamente se reconoce la figura de la Primera Dama. De ahí que resulte, aún más extraño, por cuanto que ni jurídicamente ni legítimamente se sostiene esta última reforma al respecto.
Verdaderamente es lamentable la vigencia de esta clase de disposiciones legales que sirven para contextualizar una forma de proceder y actuar de una clase dirigente que quiere perpetuar privilegios para determinadas personas que, calificadas como servidores públicos, han dejado de serlo; y todo ello a costa de los fondos públicos y de la actitud crítica del resto de ciudadanos que no entiende de estatus más allá del hecho de ostentar una representación institucional en un momento determinado. Y no es un tema baladí pues la realidad es que esta legislación del Gobierno central se ha trasladado al resto de las Comunidades Autónomas, pues el mimetismo en los privilegios aúna consensos; lo que se ha traducido en muchos expresidentes con sus correspondientes privilegios para tiempo indefinido. Eso sí, en esto también hay clases, y no todos mantienen las mismas prerrogativas.
Decía María Zambrano, en su concepto de conciencia histórica, que a lo largo del tiempo y durante muchos años, la historia la hacían solamente unos pocos, y los demás sólo la padecían. Este tipo de ejemplos, puestos en marcha por el legislador y el Ejecutivo, a mayor gloria y beneficio de los mismos, han servido para consolidar privilegios que chocan con las demandas de una sociedad que empieza a estar cansada de castas y estatus, al margen de los vaivenes de la dramática situación económica.
Ahora entiendo por qué la expresión cada vez más utilizada del rejuvenecimiento de los expresidentes o ex altos cargos. Es fácil: dejan el servicio público para regentar un estatus de privilegio para toda su vida y, de paso, incorporan al familiar más cercano; y a continuación se les asigna el Consejo de Estado o Consejo Consultivo, según
sea, como destino dorado.
Vía: http://www.elsiglodeuropa.es/siglo/historico/2013/1026/1026MJLopezGonzalez.pdf